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Causas

EN LA CAUSA DE FACUNDO JONES HUALA AHORA EL JUEZ TIRA TODO PARA ATRÁS Y NIEGA EL TRASLADO A ESQUEL

l0071670 23 octubre, 2025
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HASTA HABÍA PEDIDO CUPOS EN LA UNIDAD 14.

AHORA DICE QUE LOS ORGANISMOS INTERNOS DEL SPF DEBEN EXPEDIRSE PRIMERO

Está claro que tratan de ganar tiempo manteniendo a Facundo en las condiciones de detención de la Unidad 6.

Hoy tuvimos la audiencia; y la Fiscalía (que antes no se había opuesto al traslado) viene ahora a plantear que primero debe expedirse el «Consejo Correccional», un organismo interno que evalúa las conductas y características de los detenidos.

El Juez acepta ese planteo y ahora resuelve denegar el traslado «por el momento» hasta tanto no se expida ese organismo.

Puro verso para obrar de acuerdo con lo que decide el Ministerio de Seguridad.

Para que quede claro: llegamos a esta instancia porque en los casi 5 meses que Facundo lleva preso en Rawson, el Juzgado Federal N° 2 de esa ciudad no ha podido conseguir que se le permita el pleno goce de los derechos constitucionales y convencionales (tratados internacionales de DDHH) que él tiene como miembro de un pueblo originario, el mapuche. Derechos que tienen que ver con el ejercicio sin menoscabo de sus creencias espirituales y prácticas culturales. Tampoco que se le respeten sus derechos a los miembros de las comunidades (incluidas su madre y su abuela) que lo visitan.

El traslado, además, se justifica en la innecesaria distancia entre él y sus familiares (900 km.), cuestión por la que Argentina ya fue condenada (en otros casos) por la Corte Interamericana de DDHH.

Pero el juez se desentiende de sus obligaciones con la Constitución y los tratados internacionales y pone por encima de ellos un reglamento administrativo.

Para cualquiera resulta obvio que mientras todo esto se tramita dentro del SPF (dependencia del Ministerio de Seguridad, repetimos), los derechos de Facundo seguirán siendo pisoteados. Y, también obviamente, que la violación de derechos no es una cuestión que sólo ocurre si sucede durante mucho tiempo, si no que es deber de los jueces (y obligación del Estado) hacer que esa violación cese de inmediato.

Pero, para fiscales y jueces argentinos, las personas cuyas vidas está en sus manos no tienen derechos sino concesiones que ellos les hacen generosamente y además, como en este caso, “siguiendo las formalidades”.

Es que el derecho que ellos gestionan, evidentemente, para algunos sectores de la sociedad queda reducido, en el mejor de los casos, a las formalidades. El ejercicio pleno de los derechos queda reducido a minorías privilegiadas.

Obviamente la Defensa hará todos los trámites engorrosos y burocráticos que ahora han servido de excusa para resolver algo distinto a lo decidido antes.

Pero todos sabemos que el Consejo Correccional de la Unidad 6 tardará en reunirse, tardará en resolver y finalmente dirán lo mismo que vienen sosteniendo: que Facundo es terrorista, peligroso y que no aconsejan el traslado.

Posiblemente nos obliguen a agotar la vía administrativa, es decir recurrir al mismo funcionario de la jefatura del SPF, que al rechazar la orden del juez de otorgar un cupo de alojamiento en la cárcel de Esquel, se negó con estas palabras: “el perfil del mencionado detenido, por su alto nivel de exposición pública, antecedentes y riesgo para la seguridad institucional, resulta incompatible con las características de esa Unidad. Permitir el ingreso de esta persona como residente [en la U14] afectaría la seguridad general”.

Y recién ahí, tal vez, habrá una nueva audiencia donde la Fiscalía y el Juez tendrán que decidir si se enfrentan al Servicio Penitenciario y ordenan el traslado, o se rinden ante el Poder político y mantienen a Facundo en las mismas duras condiciones de detención.

Y las semanas y los meses seguirán transcurriendo, que es justamente lo que quieren.